Estilos de Desarrollo

Lograr un estilo de desarrollo propio no es tarea sencilla, ya que en ello intervienen una innumerable cantidad de variables como: la política, la educación, el ambiente, los factores sociales, los factores étnicos, entre otros, alinear u orientar todas estas variables hacia un mismo objetivo, es realmente complejo.

Sólo la discusión y el análisis de la interacción de estas variables, y manteniendo como eje transversal el ambiente se podrá visualizar un verdadero estilo propio de desarrollo.

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INCLUSIÓN DE ESPECIES EXÓTICAS EN UN DETERMINADO ENTORNO.



INCLUSIÓN DE ESPECIES EXÓTICAS EN UN DETERMINADO ENTORNO.

En importante conocer  que las especies exóticas de una determinada zona no son más que organismos que han sido introducidos en un área de forma natural por la acción del ambiente o por las actividades humanas ya sean de carácter intencional o no, pueden ser especies animales, vegetales o microrganismos, que puede provocar cambios en los ecosistemas en donde se desenvuelven. Por lo general esta introducción de especie es  ocasionada por el ser humano a través del traslado de las mismas ya sea accidental o intencionalmente, mas sin embargo su adecuación al hábitat es propia de cada organismo, así como su reproducción y expansión.

Se considera que una especie exótica es invasora cuando su establecimiento y dispersión en una determinada área amenaza ecosistemas, hábitats o especies nativas de la zona.
Si bien es cierto que muchas de las especies exóticas dentro de un ecosistema  nuevo pueden desaparecer por la no adaptación a las condiciones naturales, también es posible que puedan provocar múltiples consecuencias si se llegasen adaptar, como por ejemplo secuelas ecológicas, que no son más que efectos de desplazamiento de las especies nativas del ecosistema, hibridación con especies autóctonas y por consiguiente la contaminación genética, también pueden ser capaces de alterar las condiciones del hábitat nativo. Pueden ocasionar de igual forma consecuencias económicas como la pérdidas en la producción de las cosechas, la reducción de actividades extractivas como la pesca, también afecta los procesos industriales de la zona, puesto a que la misma se debe estudiar y muchas veces  restringir su acceso por efectos de cuarentenas y depuraciones, a esto se le debe añadir el hecho de  que el hábitat alterado pierde su valor estético y comercial. Por último, y no menos importante encontramos las consecuencias sociales e higiénicas, que se refiere a la transmisión de agentes parasitarios hacia las especies autóctonas y a través de ellas la expansión de virus y enfermedades infecciosas.

Según Dukes y Mooney (1999), “La introducción de especies exóticas invasoras es una de las causas que provocan el cambio global”. Es por ello que a nivel internacional, en el artículo 8 del Convenio sobre la Biodiversidad (1992), hace referencia a que se impedirá la  introducción de especies exóticas, se controlará y erradicará las introducidas que amenacen ecosistemas, hábitats y especies. Mientras que El Programa Global sobre Especies Invasoras (Global Invasive Species Program, GISP) surgió como una colaboración entre el Comité Científico para los Problemas del Medio Ambiente (The Scientific Committee for Problems of the Environment- SCOPE), el Programa sobre Medio Ambiente de las Naciones Unidas (United Nations Environment Program- UNEP), la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (The World Conservation Union- IUCN), y CAB Internacional (CABI), cuyo fin principal es el de minimizar la expansión de especies exóticas; una de sus directrices es la educación, y promueve la elaboración de programas específicos para cada región, educando así sobre las especies invasoras presentes y las posibles maneras de control y erradicación.

Actualmente en Venezuela, existen estatutos legales para controlar la introducción y propagación de especies exóticas, protegiendo así la diversidad biológica autóctona. Esto lo podemos evidenciar en la Ley de Gestión de la Diversidad Biológica (2008), en el Capítulo IV, De las especies exóticas, específicamente en el artículo 75 nos hace referencia a la regulación de todo lo concerniente a la introducción y manejo de especies exóticas en el país, bien sea con fines productivos, comerciales, científicos u otros. Adicional a ello en el artículo 80 se evidencia la eliminación de los efectos adversos derivados de la introducción de especies exóticas, donde se empleará como estrategia de manejo la destrucción de los agentes causantes; mientras que en el artículo 81 se divulgará un listado con todas las especies que se consideran invasoras o potencialmente invasoras a fin de evitar el ingreso de estas especies al territorio nacional. Adicional a esta ley, contamos con las Normas para Regular la Introducción y Propagación de especies Exóticas de la Flora y Fauna Silvestre y Acuática (1992), haciéndonos referencia en su artículo 03 a la introducción, utilización o propagación de organismos exóticos en el país, requiriendo de una autorización del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables; mientras que en el artículo 05 está referido a que si ésta introducción a los ecosistemas produjeran como resultado un comportamiento nocivo distinto al previsto en los estudios presentados, los responsables de su introducción quedarán obligados a ejecutar las medidas de control y erradicación tal como lo indica la ley.

En nuestro país se pueden encontrar un sin fin de especies exóticas que superan el numero de 1400, las cuales se han adaptado y desarrollado en los ecosistemas propios de la nación, un ejemplo de ello es el Pez León, o también conocido como Pez pavo real y pez dragón, es una especie marina de color crema o blanco, con bandas verticales rojizas o marrones que se alternan entre finas y gruesas, las membranas de las aletas se encuentran generalmente moteadas. Esta especie se cree que fue introducido accidentalmente en Florida, como resultado del paso del huracán Andrew en 1992 y que se fue dispersando por la costa centroamericana, a través de las corrientes marinas hasta llegar a las costas venezolanas a finales de 2009. Puede llegar a medir 45 cm de longitud y posee entre 11 a 13 espinas dorsales muy alargadas y altamente venenosas, se desarrolla en hábitat de fondos duros de piedra o coral, así como a estructuras artificiales, encontrándose a profundidades entre 2 y 175 metros; aun cuando su área de distribución natural corresponde con el Océano Pacifico y el Océano Indico Oriental, esta especie se ha dispersado en diferentes países del océano Atlántico incluyendo nuestro país, reportándose avistamientos en las costas de Falcón, Carabobo, Aragua, Vargas y Miranda, así como en el Archipiélago de Los Roques, Isla de Aves y en Nueva Esparta. Esta especie se alimenta de pequeños peces, mayormente herbívoros, y crustáceos como camarones, langostas y pulpos, su reproducción es bastante efectiva a lo largo de todo el año, donde la hembra deposita unos 30.000 huevos en cada desove, además presenta ausencia de depredadores naturales para regular las poblaciones de esta especie. 

 El pez león forma parte del programa de prevención, control y erradicación de especies exóticas de la Oficina Nacional de Diversidad Biológica del Ministerio del Poder Popular para el Ambiente, debido a que son animales altamente voraces que depredan peces y otros organismos nativos, afectan el equilibrio de los ecosistemas, pues se nutre también de plancton, un componente fundamental para la supervivencia de corales, anémonas, medusas y otros invertebrados, y adicional ésta especie perjudica  la reproducción de los géneros endémicos de las costas, porque se alimenta de larvas, huevos y ejemplares pequeños. Esto podría reducir la abundancia de especies nativas y económicamente importantes en los arrecifes de coral, de igual forma para el ser humano, se considera una especie venenosa, capaz de causar heridas al contacto con sus espinas, también afecta la calidad de vida de las comunidades costeras, ya que se ven seriamente amenazada por la presencia de esta especie ocasionando impacto económico sobre actividades comerciales como el turismo y la pesca.

Las especies exóticas cuando llegan de un determinado ecosistema pueden adaptarse o no a las condiciones ambientales de la zona; cuando llegan a adaptarse estas pueden reproducirse o multiplicarse de forma vertiginosa, y es justamente esta situación la que pone en peligro de extinción a las especies propias o autóctonas del ecosistema, así como pueden provocar contaminación genética al mezclarse con especies  nativas .Es por ello que deben existir políticas de investigación y documentación para la búsqueda de información del comportamiento de estas  especies, así como estimación de datos reales que permitan cuantificar cuantos ejemplares existen en una determinada área, para medir así la tasa de crecimiento de la especie, y de esta forma ejecutar acciones que nos permitan frenar el crecimiento poblacional y con ello el impacto en los ecosistemas donde se desenvuelven.

AUTOR: GONZALEZ C. NOHELYCAR A.
C.I. V-20.549.042.

1 comentario:

  1. Este pez posee una longevidad de 10 años, y un comportamiento aparentemente tranquilo, pertenece a la familia de los peces sapos conocidos en venezuela, lo lamentable de esta introducción es que esta especie no puede erradicarse, por su excelente capacidad biológica y ecológica para adaptase a su nuevo ambiente, ademas de lo costoso que seria por lo extenso de las costas venezolanas, pero una opción que sugieren algunos autores seria promocionar su pesca y consumo comercial, ya que su carne no es toxica, solo se tiene que tener cuidado son sus espinas.

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