Estilos de Desarrollo

Lograr un estilo de desarrollo propio no es tarea sencilla, ya que en ello intervienen una innumerable cantidad de variables como: la política, la educación, el ambiente, los factores sociales, los factores étnicos, entre otros, alinear u orientar todas estas variables hacia un mismo objetivo, es realmente complejo.

Sólo la discusión y el análisis de la interacción de estas variables, y manteniendo como eje transversal el ambiente se podrá visualizar un verdadero estilo propio de desarrollo.

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La Introducción de la Rana Toro (Lithobates catesbeianus) amenaza la biodiversidad del Estado Andino en Venezuela





LA INCLUSIÓN DE ESPECIES EN UN DETERMINADO ENTORNO: La Introducción de la Rana Toro (Lithobates catesbeianus) amenaza la biodiversidad del Estado Andino en Venezuela



De acuerdo a Navarro Sanabria, Eduardo A.; Quiroga, Lorena B.; Acosta, Juan C. (2005). La Introducción de Rana catesbeianus Shaw (rana toro), en ambientes pre-cordilleranos de la provincia de San Juan, Argentina Multequina, pp. 67-70, “existen organismos que no están ocupando todos sus hábitats potenciales y si son trasladados a otros hábitats pueden sobrevivir, reproducirse y diseminarse. La introducción de nuevas especies en hábitats extraños ya sea por accidente o deliberadamente ha tenido consecuencias devastadoras, por lo que estas introducciones son desaconsejadas por los ecólogos”.

En Venezuela estas consecuencias han sido demostradas con especies exóticas como la Rana Toro (Lithobates catesbeianus) una de las especies invasoras más agresivas debido a su amplia capacidad de dispersión, de competencia y por sus hábitos alimenticios voraces; proveniente del este de América del Norte, desde el norte de la florida al sur de Ontario (Canadá). 

Sin embargo, debido a su comercialización a escala internacional ha sido introducida en otros países como Suramérica como especie promisoria en la producción de proteína animal, con proyecciones económicas atractivas y en otras específicamente Venezuela se presume que fue ilícitamente para el consumo humano; donde ha establecido poblaciones silvestres. Esta especie invasora ha sido reportada en diez de los 13 países de Suramérica continental (Colombia, Ecuador, Venezuela, Perú, Chile, Guyana, Paraguay, Brasil, Argentina y Uruguay). Urbina-Cardona, J. Nicolás; Nori, Javier; Castro, Fernando. (2011), pp. 23-34. Áreas vulnerables a la invasión actual y futura de la rana toro (Lithobates catesbeianus: Ranidae) en Colombia: estrategias propuestas para su manejo y control. Biota Colombiana, Julio-Diciembre.

 En Venezuela se reportó por primera vez en él 2001 en los sectores de Jají, Miraflores, Palo Negro y La Cuchilla del Municipio Campo Elías y La Carbonera del Municipio Andrés Bello en el estado Mérida (Bioregión: los Andes). Se encuentra en libertad, tanto en agrosistemas como en ecosistemas terrestres naturales, incluyendo los linderos del Parque Nacional Uzcategui Antonio Burguera (Sierra de La Culata). Existen evidencias de que la rana toro está afectando al menos a una rana endémica de los Andes Venezolanos: la ranita merideña (Dendropsophus meridensis) ya que no tiene depredadores naturales, compite por refugio y espacio, desplaza a la fauna local y genera impactos potencialmente irreversibles sobre la biodiversidad nativa, la Resolución Ministerial Nº 64 (de fecha 15/07/2002) declara animal perjudicial a los individuos de la especie L. catesbeianus introducidos ilegal e ilegítimamente al territorio nacional e indica medidas para su control. También, existen leyes y normas que dictan lineamientos generales para el control y manejo de especies exóticas, como es el caso de la Ley de Gestión de la Diversidad Biológica (Presidencia de la República Bolivariana de Venezuela, Gaceta Oficial 39.070 de fecha 01/12/2008), las Normas para Regular la Introducción y Propagación de especies Exóticas de la Flora y Fauna Silvestres y Acuáticas (Decreto Nº 2.223 de la Presidencia de la República de fecha 23/04/1992) y la Estrategia Nacional para la Conservación de la Diversidad Biológica (Ministerio del Poder Popular para el Ambiente, 2010). 

Uno de los principales peligros de la especie foránea, es un hongo que es hospedero de un patógeno específico de anfibios llamado Batrachiochytrium dendrobatidis. Este hongo es benigno en la rana pero es responsable de la Chytridiomycosis, enfermedad epidérmica que puede ser mortal para los anfibios y que ha reducido enormemente la población de estos. Los expertos  y el Ministerio del Ambiente venezolano, ya estudian como comenzar el proceso de control y de erradicación de la Rana Toro en: La región andina de Jají, el Municipio Campo Elías, el Estado Mérida y en la laguna artificial en el Complejo Recreacional “Los Cínaros”. 

Cabe señalar, que además de ser un gran depredador, la Rana Toro ha causado el contagio de Chytridiomycosis a varias especies que incluso se encuentran en peligro de desaparecer por lo tanto se le ha asignado la causa de la declinación de estas especies por este motivo se debe controlar y erradicar del ecosistema. Los métodos que han estado empleando para su extinción son: la pesca con redes, La contención implica el cercado de las lagunas de mayores dimensiones con mallas que evitan la salida de esta espacie, el uso de rifles de aire, la captura manual con salabardos y arpones. Asimismo, con un sistema de trampas a las cuales se les añade cal, resultando efectivo para su eliminación.

La irreversibilidad de algunos procesos y ciclos de la naturaleza, el uso desmedido de los recursos naturales y la intervención directa de la biodiversidad; basada en una relación descontrolada del hombre por el crecimiento del Producto Interno Bruto de un país (PIB) hacen que constantemente el ecosistema cambie negativamente y no se le dé el uso óptimo y sostenible que debiera ocurrir; no podemos contar con el hecho de que los ecosistemas pueden salvarse con inversiones capitales y mucho menos con la aplicación de tecnologías que solo sirven de paliativos, una vez introducido un agente invasor o extraño al medio circundante y este no lo reconozca se altera la biomasa o hábitat natural que componen ese ambiente. 

El ser humano debe tener conocimiento, primordialmente sobre el ambiente en el cual habita, segundo sobre todo lo que puede efectuar cambios irremediables a su composición básica produciendo efectos sobre los ecosistemas y por consiguiente, sobre nuestra vida; debemos entrar en conciencia y darnos cuenta de que somos parte del ecosistema del estado en el que vivimos, aunque nuestro egocentrismo nos haga pensar que estamos a salvo de cualquier problema ecológico. Como ya ha sucedido muchas veces a lo largo de la historia, ésta situación no hubiera sucedido nunca de no ser por la intervención humana. Más que un grito de alerta, la naturaleza nos está exigiendo que seamos más cuidadosos porque, de lo contrario, podemos terminar haciéndonos daño a nosotros mismos.

"La inserción de especies exóticas invasoras es la segunda causa de pérdida de biodiversidad". Escrito con bases y antecedentes está, el canto de las especies macho que se asemeja al bramido de un toro, de allí el nombre común que se le ha dado a la especie. Pues alcemos también nuestro grito de toro con fuerza para cuidar y preservar nuestro planeta y no nos convirtamos en salvajes anfibios depredadores ya que el mismo es uno solo y es capaz y sabio al momento de integrar cada especie sin alterar su curso, no seamos entonces nosotros sin su aprobación  el causante de su paulatina declinación y destrucción; Denuncia y exige a las autoridades que protejan a las especies (mascotas, plantas ornamentales) que se comercian ilegalmente y se insertan en un ecosistema, que detengan el deterioro de nuestras áreas protegidas.

Las especies exóticas invasoras ponen en grave riesgo al medio ambiente y a la salud de los hombres, constituyen una amenaza para la diversidad biológica por su comportamiento invasor, o por el riesgo de contaminación genética.



AUTOR: Ing. Devera Isrrael 
C.I.: 17.591.928




PEZ LEÓN, GRAN DEPREDADOR VORAZ QUE INVADE AGUAS VENEZOLANAS Y SUS ECOSISTEMAS.



PEZ LEÓN, GRAN DEPREDADOR VORAZ QUE INVADE AGUAS VENEZOLANAS Y SUS ECOSISTEMAS.

El pez león (Pterois volitans), no sólo se asemeja al “rey de la selva” en su nombre que obtuvo gracias a su condición de peligroso depredador, también se le conoce como el pez escorpión, es una especie marina ornamental originaria de los océanos Índico Oriental y Pacífico. Es una de las especies más conocidas por su llamativo colorido  que despierta la atracción de los turistas, buzos e investigadores y su comercialización está expandida en el mundo entero por su deliciosa carne.

 Según los indicios de su aparición se remontan desde hace 20 años aproximadamente, donde de forma accidental fueron liberados diversos ejemplares en las costas de Florida (E.E.U.U.). Su primera observación en esas costas ocurre en 1985 y desde 1999 comienza un acelerado proceso de invasión voraz en la costa Atlántica de E.E.U.U., Bahamas, Golfo de México, así como el Norte (Antillas Mayores), occidente y Sur (costas de Centro y Sur América) del Mar Caribe.

Esta especie se ha venido observando desde año 1992 por las diversas zonas costeras de los países como Panamá, República Dominicana, Cuba, México, Haití, Jamaica, Colombia y más recientemente en el año 2009 se empezaron a recibir información sobre la llegada de esta especie a nuestras costas venezolanas, que se debe principalmente a sus características biológicas y a las condiciones ecológicas de un nuevo ambiente, donde es un hábitat acogedor, que no desean abandonar, aunque el costo sea acabar sin pensar el daño de las especies nativas, tanto comerciales como ecológicas. 

Lo que ha desatado una alarma nacional debido a que es un pez carnívoro y depredador  de peces juveniles e invertebrados como langostas, pulpos y camarones. La especie perjudica además la reproducción de los géneros endémicos de las costas, porque se alimenta de larvas, huevecillos y ejemplares pequeños. 

La hembra es capaz de reproducir hasta 30.000 huevos en cada acto reproductivo, siete veces al mes, los doce mes al año.  Son alarmantes las cifras de reproducción continua a lo largo de todo el año, es una especie exótica que una vez introducida y establecida en un nuevo ambiente es casi imposible erradicar. 

Es un depredador al asecho que utiliza un camuflaje bien definido en el entorno  en que se desarrolla y dentro de su dieta también está la de los herbívoros que son peces que se alimentan de las algas que mantienen a los ecosistemas coralinos limpios. La desaparición de los herbívoros significaría un crecimiento  desproporcionado  en la  reproducción de las algas que taparía todos los corales provocando la muerte de los arrecifes y originando un desequilibrio ecológico de estos ecosistemas que son uno de los más ricos y mega diversos  del planeta.

El Pterois volitans,  además de nadar lentamente y en solitario, ha indicado tener un apetito voraz y mecanismos de adaptabilidad eficientes. Sus hábitats naturales son los arrecifes, también litorales rocosos, manglares, playas y estructuras artificiales como muelles, puertos, embarcaciones hundidas, etc. Tiende a refugiarse durante el día y cazar camarones y cangrejos durante la noche, que lo convierte en una terrible amenaza para nuestros ecosistemas venezolanos. La ausencia de depredadores naturales en el océano Atlántico no sólo contribuye con la multiplicación del pez león, sino que también demuestra el peligro que representa trasladar especies de un ecosistema a otro.  

El impacto se produce primero al nivel ecológico, que afecta a las poblaciones de peces y crustáceos y perturba el equilibrio del ecosistema, luego viene un impacto económico derivado de los efectos sobre la pesca y de la fuente de proteínas para las comunidades costeras, así como el turismo por la degradación de nuestros atractivos sitios naturales.

 La invasión de esta especie es otro problema que va repercutir sobre los usuarios que visitan nuestras playas, debido que este pez presenta unas pequeñas glándulas venenosas ubicadas en su aleta dorsal, anal y pélvicas, donde la inadecuada manipulación de estos animales o de encuentros inesperados pueden provocar la picadura del pez león que introduje su veneno generando a la persona afectada un dolor intenso y por consiguiente la inflamación en la zona de contacto.    

En conclusión debido a esta rapidísima y alarmante invasión se realizaron diferentes campañas para difundir  a través de los diferentes medios de comunicación, así como charlas, foros y talleres, lo cual estuvo dirigida a diferentes sectores (oficiales, académicos, pescadores, buzos deportivos, turistas) y usuarios de las costas del país para alertar sobre la inminente invasión del pez león en Venezuela. Otra campaña para minimizar la invasión sobre las especies nativas y el  impacto en el ecosistema marino costero venezolano, es promocionar su pesca, comercialización y consumo, ya que la carne no es tóxica y no presenta ningún tipo de peligro en consumirla.

Con la promulgación de la Ley de Diversidad Biológica (Venezuela 2000) y la reciente aplicación del artículo 8 del Convenio sobre la Diversidad Biológica, ratificada en 1994, consolidan formalmente el vínculo entre el control de las especies exóticas invasoras y la conservación de la diversidad biológica.

En el artículo 27 de la Ley de Diversidad Biológica (Venezuela 2000) resume la intención básica del Estado Venezolano en esta materia: "El Ejecutivo Nacional, por medio de órganos competentes, controlará la introducción de especies exóticas que amenacen la diversidad biológica o la dinámica ecológica de los ecosistemas naturales y modificados".

AUTOR: Ing. María Fernanda Serrato.
C.I: V- 17.105.680.

INCLUSIÓN DE ESPECIES EXÓTICAS EN UN DETERMINADO ENTORNO.



INCLUSIÓN DE ESPECIES EXÓTICAS EN UN DETERMINADO ENTORNO.

En importante conocer  que las especies exóticas de una determinada zona no son más que organismos que han sido introducidos en un área de forma natural por la acción del ambiente o por las actividades humanas ya sean de carácter intencional o no, pueden ser especies animales, vegetales o microrganismos, que puede provocar cambios en los ecosistemas en donde se desenvuelven. Por lo general esta introducción de especie es  ocasionada por el ser humano a través del traslado de las mismas ya sea accidental o intencionalmente, mas sin embargo su adecuación al hábitat es propia de cada organismo, así como su reproducción y expansión.

Se considera que una especie exótica es invasora cuando su establecimiento y dispersión en una determinada área amenaza ecosistemas, hábitats o especies nativas de la zona.
Si bien es cierto que muchas de las especies exóticas dentro de un ecosistema  nuevo pueden desaparecer por la no adaptación a las condiciones naturales, también es posible que puedan provocar múltiples consecuencias si se llegasen adaptar, como por ejemplo secuelas ecológicas, que no son más que efectos de desplazamiento de las especies nativas del ecosistema, hibridación con especies autóctonas y por consiguiente la contaminación genética, también pueden ser capaces de alterar las condiciones del hábitat nativo. Pueden ocasionar de igual forma consecuencias económicas como la pérdidas en la producción de las cosechas, la reducción de actividades extractivas como la pesca, también afecta los procesos industriales de la zona, puesto a que la misma se debe estudiar y muchas veces  restringir su acceso por efectos de cuarentenas y depuraciones, a esto se le debe añadir el hecho de  que el hábitat alterado pierde su valor estético y comercial. Por último, y no menos importante encontramos las consecuencias sociales e higiénicas, que se refiere a la transmisión de agentes parasitarios hacia las especies autóctonas y a través de ellas la expansión de virus y enfermedades infecciosas.

Según Dukes y Mooney (1999), “La introducción de especies exóticas invasoras es una de las causas que provocan el cambio global”. Es por ello que a nivel internacional, en el artículo 8 del Convenio sobre la Biodiversidad (1992), hace referencia a que se impedirá la  introducción de especies exóticas, se controlará y erradicará las introducidas que amenacen ecosistemas, hábitats y especies. Mientras que El Programa Global sobre Especies Invasoras (Global Invasive Species Program, GISP) surgió como una colaboración entre el Comité Científico para los Problemas del Medio Ambiente (The Scientific Committee for Problems of the Environment- SCOPE), el Programa sobre Medio Ambiente de las Naciones Unidas (United Nations Environment Program- UNEP), la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (The World Conservation Union- IUCN), y CAB Internacional (CABI), cuyo fin principal es el de minimizar la expansión de especies exóticas; una de sus directrices es la educación, y promueve la elaboración de programas específicos para cada región, educando así sobre las especies invasoras presentes y las posibles maneras de control y erradicación.

Actualmente en Venezuela, existen estatutos legales para controlar la introducción y propagación de especies exóticas, protegiendo así la diversidad biológica autóctona. Esto lo podemos evidenciar en la Ley de Gestión de la Diversidad Biológica (2008), en el Capítulo IV, De las especies exóticas, específicamente en el artículo 75 nos hace referencia a la regulación de todo lo concerniente a la introducción y manejo de especies exóticas en el país, bien sea con fines productivos, comerciales, científicos u otros. Adicional a ello en el artículo 80 se evidencia la eliminación de los efectos adversos derivados de la introducción de especies exóticas, donde se empleará como estrategia de manejo la destrucción de los agentes causantes; mientras que en el artículo 81 se divulgará un listado con todas las especies que se consideran invasoras o potencialmente invasoras a fin de evitar el ingreso de estas especies al territorio nacional. Adicional a esta ley, contamos con las Normas para Regular la Introducción y Propagación de especies Exóticas de la Flora y Fauna Silvestre y Acuática (1992), haciéndonos referencia en su artículo 03 a la introducción, utilización o propagación de organismos exóticos en el país, requiriendo de una autorización del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables; mientras que en el artículo 05 está referido a que si ésta introducción a los ecosistemas produjeran como resultado un comportamiento nocivo distinto al previsto en los estudios presentados, los responsables de su introducción quedarán obligados a ejecutar las medidas de control y erradicación tal como lo indica la ley.

En nuestro país se pueden encontrar un sin fin de especies exóticas que superan el numero de 1400, las cuales se han adaptado y desarrollado en los ecosistemas propios de la nación, un ejemplo de ello es el Pez León, o también conocido como Pez pavo real y pez dragón, es una especie marina de color crema o blanco, con bandas verticales rojizas o marrones que se alternan entre finas y gruesas, las membranas de las aletas se encuentran generalmente moteadas. Esta especie se cree que fue introducido accidentalmente en Florida, como resultado del paso del huracán Andrew en 1992 y que se fue dispersando por la costa centroamericana, a través de las corrientes marinas hasta llegar a las costas venezolanas a finales de 2009. Puede llegar a medir 45 cm de longitud y posee entre 11 a 13 espinas dorsales muy alargadas y altamente venenosas, se desarrolla en hábitat de fondos duros de piedra o coral, así como a estructuras artificiales, encontrándose a profundidades entre 2 y 175 metros; aun cuando su área de distribución natural corresponde con el Océano Pacifico y el Océano Indico Oriental, esta especie se ha dispersado en diferentes países del océano Atlántico incluyendo nuestro país, reportándose avistamientos en las costas de Falcón, Carabobo, Aragua, Vargas y Miranda, así como en el Archipiélago de Los Roques, Isla de Aves y en Nueva Esparta. Esta especie se alimenta de pequeños peces, mayormente herbívoros, y crustáceos como camarones, langostas y pulpos, su reproducción es bastante efectiva a lo largo de todo el año, donde la hembra deposita unos 30.000 huevos en cada desove, además presenta ausencia de depredadores naturales para regular las poblaciones de esta especie. 

 El pez león forma parte del programa de prevención, control y erradicación de especies exóticas de la Oficina Nacional de Diversidad Biológica del Ministerio del Poder Popular para el Ambiente, debido a que son animales altamente voraces que depredan peces y otros organismos nativos, afectan el equilibrio de los ecosistemas, pues se nutre también de plancton, un componente fundamental para la supervivencia de corales, anémonas, medusas y otros invertebrados, y adicional ésta especie perjudica  la reproducción de los géneros endémicos de las costas, porque se alimenta de larvas, huevos y ejemplares pequeños. Esto podría reducir la abundancia de especies nativas y económicamente importantes en los arrecifes de coral, de igual forma para el ser humano, se considera una especie venenosa, capaz de causar heridas al contacto con sus espinas, también afecta la calidad de vida de las comunidades costeras, ya que se ven seriamente amenazada por la presencia de esta especie ocasionando impacto económico sobre actividades comerciales como el turismo y la pesca.

Las especies exóticas cuando llegan de un determinado ecosistema pueden adaptarse o no a las condiciones ambientales de la zona; cuando llegan a adaptarse estas pueden reproducirse o multiplicarse de forma vertiginosa, y es justamente esta situación la que pone en peligro de extinción a las especies propias o autóctonas del ecosistema, así como pueden provocar contaminación genética al mezclarse con especies  nativas .Es por ello que deben existir políticas de investigación y documentación para la búsqueda de información del comportamiento de estas  especies, así como estimación de datos reales que permitan cuantificar cuantos ejemplares existen en una determinada área, para medir así la tasa de crecimiento de la especie, y de esta forma ejecutar acciones que nos permitan frenar el crecimiento poblacional y con ello el impacto en los ecosistemas donde se desenvuelven.

AUTOR: GONZALEZ C. NOHELYCAR A.
C.I. V-20.549.042.